
Los hombres también pueden cobrar el complemento de maternidad
Una pincelada de su historia
Hasta diciembre de 2019 este complemento solo era percibido por las mujeres, sin embargo el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en su sentencia de 12 de diciembre confirmó que era ilegal excluir a los hombres de este complemento, por constituir una discriminación contraria al derecho de la Unión Europea.
Pronto el Tribunal Supremo español acogió este criterio, dictando varias sentencias a favor de hombres solicitantes de este complemento. Las dos primeras fueron las STS 621/2022 y 622/2022, ambas de de fecha 17 de febrero de 2022. Desde ese momento no cabe duda de que los hombres pueden reclamarlo.
Requisitos
Los requisitos son solo tres:
A) Ser beneficiario de una de las siguientes pensiones: de jubilación, de viudedad o de incapacidad permanente.
B) Haber accedido a la pensión entre el 1 de enero de 2016 y el 3 de febrero de 2021
C) Tener dos o más hijos (naturales o adoptivos)
Si ha accedido a una pensión después del 3 de febrero de 2021, puede tener derecho a cobrar el complemento para la reducción de la brecha de género, que sustituyó al complemento de maternidad, llámenos para estudiar su viabilidad.
¿Cuánto dinero ganaré?
Al mes
Dependerá del importe de su pensión y del número de hijos que haya tenido. Para calcularlo, deberá incrementar su pensión en un 5% si ha tenido 2 hijos, en un 10% su ha tenido 3 y en un 15% si ha tenido 4 o más hijos.
Este incremento lo percibirá en cada una de sus 14 pagas.
Atrasos
Además del incremento mensual, cuando le sea reconocido el derecho a percibir el complemento se le abonarán los atrasos.
Por atrasos le abonarán la cantidad mensual anterior multiplicada por tantas pagas como hayan sido abonadas desde la fecha en que fue usted declarado pensionista hasta el presente. Es decir, le abonan todos aquellos complementos que debiendo haberle satisfecho nunca recibió.
Proceso de reclamación
Existen tres fases en la tramitación. Primero solicitaríamos el reconocimiento de su complemento al Instituto Nacional de la Seguridad Social. Si fuera denegado, aún podríamos continuar con la vía administrativa en recurso previo a la vía contenciosa. Si este recurso no diera resultado podríamos acudir a los Juzgados para que obligase al INSS a abonar el complemento.
Actualmente el Tribunal Supremo, previo pronunciamiento del TJUE, estableció una indemnización adicional a quien se viera obligado a acudir a la vía judicial, esto ha hecho que normalmente se estimen la solicitudes en vía administrativa, ahorrando mucho tiempo a los solicitantes.
Caso Real
A continuación ofrecemos -anonimizando sus datos- un caso real, de los varios que hemos tenido recientemente en VICENTE & PAREDES ABOGADOS, para quien hemos conseguido el reconocimiento y cobro del complemento de maternidad:
Llamémosle Fernando Fernández, de 63 años, padre de tres hijos, pensionista de incapacidad permanente desde 2021, decidió confiarnos su reclamación del complemento de maternidad. El pasado 12 de abril presentamos su solicitud y, tras varios trámites, el 23 de julio le fue reconocido y abonado su complemento. Recibió el pago de sus atrasos 5.153,11 €, además, desde entonces recibe 136,26€ adicionales en cada pagapor este complemento.
Os dejamos la imagen real de su resolución: Resolucion Complemento Maternidad
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